AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2016-RCA

Fecha: 24-Jun-2016

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memoriales presentados el 18 y de subsanación el 27 de mayo de 2016, cursantes de fs. 50 a 63; y, 67 a 73 vta., respectivamente, la accionante manifestó que el 7 de septiembre de 2015, mediante el Sistema de Información de Contrataciones Estatales (SICOES) el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz publicó el proceso de contratación con el CUCE 15-1201-00-546663-2-2 para la “…Adquisición para mantenimiento de la red de alumbrado público subalcaldía IV San Antonio (Útiles y materiales Eléctricos)…”, estableciendo como fecha de presentación de propuestas el 17 de septiembre de 2015 a horas 15:30 y la de apertura el mismo día a horas 16:00, estableciendo que las mismas son fijas. Pero de manera extraña no se realizó la apertura de propuestas en la fecha fijada por ausencia de los miembros de la Comisión designada al efecto. Pero el 18 del citado mes y año, en horas inhábiles, se publicó la RA 48/2015 disponiendo anular la contratación de referencia, hasta la apertura de propuestas, reprogramando el cronograma de plazos para dicho proceso de contratación; y, estableciendo el 29 de octubre de 2015 como fecha máxima para la presentación de documentos, sin hacer referencia a que dichos plazos son fijos o impostergables.

Refirió que, el 21 de octubre de 2015, mediante correo electrónico enviado por Claudia Lisseth Loayza Rivera remitió a su Empresa Unipersonal “Petrona Fernández” la nota DLC-UPC 465/2015 sin firma, con un cronograma diferente al publicado en el Sistema de Información de Contrataciones Estatales (SICOES). Posteriormente, el 23 del mismo mes y año, mediante courrier remitió la documentación necesaria en sobre dirigido a Claudia Lisseth Loayza Rivera, servidora pública de la Unidad de Procesos de Contratación dependiente de la Dirección de Licitaciones y Contrataciones, quien se negó a recibir la misma indicando que debía ingresar por ventanilla del “SITRAN”, la empresa de Courier le devolvió el 26 del citado mes y año; por lo que, se comunicó con la citada funcionaria quien le señaló que no había problema y que estaban dentro del plazo para presentar los documentos hasta el día siguiente, conforme a ello el 27 de octubre mandó a un emisario a entregar dichos documentos quien a solicitud de la mencionada funcionaria pública, firmó con fecha de recepción de 26 de ese mes y año.

Posteriormente, mientras esperaba le indiquen la fecha de firma del contrato, el SICOES publicó la RA 073/2015 de 5 de noviembre, declarando su desistimiento tácito al proceso de contratación referido por presentar documentos fuera de plazo. Habiendo esperado que concluya el periodo de impugnación, le comunicaron dicho desistimiento mediante carta notariada Cite SASA-MD-IV DESP 243/2015 de 27 de noviembre, entregada el 8 de diciembre, por lo que el 8 del mismo mes y año interpuso recurso administrativo de impugnación, haciendo notar que recién conoció la RA 73/2015 por la cual declaran a su Empresa impedida para poder participar en otros procesos de contratación, mereciendo el Informe SASA/UAF/AL 96/2015 de 22 de diciembre, en el cual se recomienda su remisión a conocimiento de la proponente a fin de realizar la devolución del recurso presentado por haber sido presentado fuera de tiempo.