AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2016-CA
Fecha: 11-Jul-2016
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 22 de junio de 2016, cursante de fs. 2 a 7, el accionante, manifestó que el 31 de mayo de igual año, fue notificado con la Resolución 017/16 de 31 de marzo del mencionado año, pronunciada por el Tribunal de Personal de la Armada Boliviana, disponiendo que pasaba a la Letra “E” de disponibilidad, por la existencia de un proceso penal en su contra, el cual a la fecha se encuentra con imputación formal y no así con una acusación.
Dicha determinación le restringe sus derechos a la defensa, a la presunción de inocencia y “…acceder a un grado superior como militar…” (sic), ya que la imputación formal, es el acto que da inicio al proceso penal, permitiendo la colección de medios de prueba que acrediten un juicio, donde recién se establecerá la participación del imputado, mientras esta etapa no concluya, son simples indicios de la existencia de un hecho.