AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2016-CA

Fecha: 11-Jul-2016

rechazar

El Tribunal del Personal de la Armada Boliviana, por Resolución 032/16 de 28 de junio de 2016, cursante de fs. 39 a 49, determinó rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El Tribunal del Personal de la Armada Boliviana, como máximo organismo de administración de personal militar tiene competencia para conocer todos los asuntos concernientes a éstos, garantizando la correcta y estricta aplicación de las leyes y reglamentos militares; b) Conforme el art. 103 de la LOFA, el ascenso es el derecho que se confiere al personal militar que cumpla con todos los requisitos contemplados en la ley y los reglamentos militares; es decir, que depende del cumplimiento de los requisitos que se hallan normados; y, c) Conforme los arts. “…art. 85 inc. c) Lit. e) de disponibilidad de la LOFA…”, (sic); y, 103 de la citada Ley; y, 245 de la CPE, no se evidenció que se haya atentado contra los derechos fundamentales del accionante, de acuerdo al art. 80 del Código Procesal Constitucional (CPCo).