Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2016
Fecha: 10-Ago-2016
II.2.
II.2. El 1 de agosto de 2016, Luis Arce Clemente, Presidente del Concejo Municipal de Villa Serrano, mediante memorial solicitó al TSE la “Convocatoria a Referendo Aprobatorio de la Carta Orgánica del Municipio de Villa Serrano” (sic); asimismo, se remita al Tribunal Constitucional Plurinacional la pregunta para referendo, cuyo texto sostiene que fue aprobado por Ley Municipal Autonómica 38, cuyo texto es el siguiente: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE VILLA SERRANO? SI-NO” (fs. 36 a 38 vta.).
- I.1. Contenido de la consulta
- “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE VILLA SERRANO? SI-NO”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Aprobación de la Carta Orgánica Municipal
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- a)
- todas las preguntas deben obligatoriamente someterse a control de constitucionalidad
- Fragmento 11
- III.2. Oportunidad y particularidades de la pregunta para referendo aprobatorio
- deberá necesariamente tratarse de una pregunta cerrada y directa
- CONSTITUCIONALIDAD