Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2016
Fecha: 10-Ago-2016
II.4.
II.4. Mediante Resolución TSE-RSP 308/2016, el TSE considerando la solicitud del Presidente del Concejo Municipal de Villa Serrano, y lo expresado por el informe técnico TSE-SIFDE 230/2016, dispuso que la Presidenta del TSE “active el recurso constitucional de consulta sobre la constitucionalidad de la pregunta de referendo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional” (sic), respecto a la pregunta: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE VILLA SERRANO? SI-NO” (fs. 33 a 35).
- I.1. Contenido de la consulta
- “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE VILLA SERRANO? SI-NO”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Aprobación de la Carta Orgánica Municipal
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- a)
- todas las preguntas deben obligatoriamente someterse a control de constitucionalidad
- Fragmento 11
- III.2. Oportunidad y particularidades de la pregunta para referendo aprobatorio
- deberá necesariamente tratarse de una pregunta cerrada y directa
- CONSTITUCIONALIDAD