SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 30/2016 de 26 de abril, cursante de fs. 18 a 19 vta., por la cual denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes argumentos: a) En la presente acción de libertad, el accionante aseguró que se trató de privar del derecho a su libertad y que en ese entendido acudió a reclamar ante las instancias pertinentes; b) Se adjuntó al memorial de acción tutelar muestras fotográficas, observándose en la primera una casa y unos animales; en la segunda fotografía una camioneta blanca, y en la tercera a una persona de sexo masculino agarrando un poste, por lo que no se demuestra que precisamente existiese una privación de libertad, más si se toma en cuenta, que en la audiencia de esta acción de defensa, el accionante debió haber cumplido los requisitos o presupuestos procesales, por lo que no se tiene prueba alguna que demuestre la restricción de su libertad; c) Si se denuncia la privación de libertad, se debe acudir de forma directa a la autoridad competente al constituirse un hecho delictivo, contemplado en el art. 292 del Código Penal (CP), a efectos de iniciarse la investigación correspondiente, en consecuencia, el accionante no agotó las vías llamadas por ley; en este entendido, es necesario tomar en cuenta que el principio de subsidiariedad rige también para esta acción tutelar, no siendo la misma sustitutiva en relación a otros medios o recursos que aún estarían pendientes de accionarse, conforme señala la SC 0008/2010-R de 6 de abril.