AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2016-CA

Fecha: 07-Sep-2016

I.1. Antecedentes

Por memorial presentado el 23 de agosto de 2016, cursante de fs. 10 a 19 vta., el recurrente manifiesta que el Consejo Universitario de la UAGRM, cuando se encontraba presidido por Saúl Rosas Ferrufino, en franca usurpación de funciones y sin tener competencia alguna que emane de la Constitución Política del Estado, la Ley, y el Estatuto Orgánico de la citada Universidad, emitió la Resolución I.C.U 006-14 de 30 de enero de 2014 (fs. 1 a 5), por la cual en una flagrante usurpación de funciones modificaron el referido Estatuto, cuando el mismo únicamente podía ser reformado por el Congreso Universitario de conformidad con el art. 23 del citado Estatuto de la UAGRM, acto que se realizó con la única finalidad de permitir que el ex Rector pueda volver a postularse para ejercer el mismo cargo de esa Casa Superior de Estudios.