SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
denegó
La Jueza de Partido Mixta de Sentencia del Trabajo y Seguridad Social de Sacaba del departamento de Cochabamba, por Resolución de 29 de junio, cursante de fs. 104 a 106 vta., denegó la tutela solicitada en base a los siguientes fundamentos: 1) Que, la acción de libertad no pude ser desnaturalizada, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica, con la jurisdicción ordinaria, por ello se habría establecido que en los casos en materia penal, se impugnen actuaciones no judiciales antes de la imputación formal y judiciales posteriores a la imputación, a través de la acción de libertad, se debe tener en cuenta que de manera excepcional se puede ingresar al fondo de la acción, a objeto de guardar el equilibrio de ambas jurisdicciones en dos supuestos: el primero cuando antes de la imputación formal si la policía o fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción y no existe aviso de investigación, corresponde hacer la denuncia ante el juez de instrucción en lo penal de turno; y, el segundo caso, cuando existe una imputación y/o acusación formal y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que afecta al derecho a la libertad, con carácter previo a la presentación de la acción tutelar se debe apelar la misma, para que el superior en grado pueda corregir la arbitrariedad denunciada; y, 2) Por lo que conforme a la línea jurisprudencial a la que se hizo referencia, el tribunal o juez de garantías no puede ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, puesto que existiría un proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de Juan José Villarroel Huanca y otra, por el delito de homicidio, conforme la documentación que se acompaña, habiéndose presentado el inicio de la investigación y los actuados de la imputación formal; el 25 de junio de 2016, se solicitó medidas cautelares, dirigido al Juez de Instrucción en lo Penal, que estaría a cargo de esta autoridad quien además es el encargado de velar por los derechos y garantías de las partes, conforme la jurisprudencia señalada.