SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2016-S3

Fecha: 20-Sep-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a denuncia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de los Distritos Rurales Zongo y Hampaturi del Gobierno Autónomo Municipal de Nuestra Señora de La Paz y querella de María Teresa Echenique Vásquez  -ambas terceras interesadas-, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, bajo una correcta e imparcial interpretación de la ley y en aplicación del art. 323 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), la Fiscal de Materia emitió la Resolución de sobreseimiento dentro del caso FIS LPZ 1406495 por la insuficiencia de elementos de prueba para fundar la acusación.

La Resolución de sobreseimiento 03/15 de 25 de noviembre de 2015, fue revocada por el ex Fiscal Departamental de La Paz -hoy demandado-, mediante Resolución FDLP/MHRB/S 20/2016 de 18 de enero, en la cual realizó una copia de los arts. 20, 310 y 312 del Código Penal (CP), procediendo a valorar y acreditar la suficiencia de los elementos obtenidos en la investigación de la etapa preparatoria y afirmar la existencia del hecho y su participación en el mismo, en base a apreciaciones direccionadas, un informe parcializado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia antes mencionada y falsas acusaciones de María Bertha Vásquez Gómez García vda. de Echenique -abuela materna de la víctima-, sin considerar ningún informe o evaluación de su persona tales como el “…Dictamen pericial psicológico              RE.GRAL.IDIF.209/2015 MED. FOR/PSICO. 017/16 del IDIF, que tampoco ha sido valorado por este Fiscal” (sic).