SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2016-S3

Fecha: 30-Sep-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 26 de abril de 2016, planteó excepción de extinción de la acción penal por prescripción ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Sacaba del departamento de Cochabamba, cuando el proceso penal se encontraba en grado de apelación restringida ante la Sala Penal Tercera del respectivo Tribunal Departamental de Justicia, habiendo dispuesto la autoridad judicial del Tribunal de Sentencia antes mencionado, la notificación a la citada Sala Penal Tercera mediante Auto de 27 de mayo de igual año, la cual se practicó el 6 de junio de ese año, sin que hasta fecha de interposición de esta acción de defensa, la misma remita el proceso ante el referido Tribunal de Sentencia Penal Primero.

La autoridad judicial ahora demandada no puede pronunciarse sobre el recurso de la apelación restringida al encontrarse pendiente de resolución la excepción planteada, puesto que las excepciones son de previo y especial pronunciamiento, por lo que ante la falta de competencia de la Vocal hoy demandada, para resolver excepciones, correspondía que estando de por medio su libertad, remita con la mayor celeridad los antecedentes originales ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Sacaba del departamento de Cochabamba, al no hacerlo, actuó con desidia y falta de diligencia, pues no consideró que las excepciones son medios de previo y especial pronunciamiento que merecen una respuesta oportuna y célere, por las implicaciones que conllevan en el proceso, más aún si su persona se encuentra detenida preventivamente por más de diez años.