AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2017-RCA

Fecha: 17-Ene-2017

I.

Los accionantes manifestaron que al ser notificados el 20 de junio de 2016, con la última decisión judicial pronunciada -Auto de Vista 236 de 14 de junio de 2016-,  rechazando de manera definitiva el recurso de revocatoria in extremis, se cumple el principio de inmediatez y se viabiliza la admisión de la presente acción tutelar; ya que, la misma en su oportunidad fue considerada un recurso idóneo por la justicia ordinaria; razón por la que, no plantearon la acción de defensa; puesto que, con el mismo estuvieran dentro de término para que sea admitida. Producto de ello emerge la SCP 0294/2016-S2 de 23 de marzo, que les fue notificada en diciembre de ese año; por lo que se encontrarían dentro del término de plazo establecido por la inmediatez para formular esta acción de amparo constitucional.

Debe además considerarse que no se produjo abandono del reclamo de sus derechos, pues la Sala demandada incurrió en error al no considerar la certificación de la ejecutoria de la sentencia laboral, se hizo reclamo oportuno que concluyó favoreciéndoles de acuerdo a la verdad material. Argumentos con los que pide se eleve actuados ante la Comisión de Admisión de Tribunal Constitucional Plurinacional para que revoque esa decisión y disponga su admisión.