Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2017
Fecha: 27-Ene-2017
II.3.
II.3. El SIFDE del TSE, emitió el informe técnico TSE-SIFDE 322/2016 de 25 de octubre, concluyendo que la formulación de la pregunta planteada responde a los criterios de claridad, precisión e imparcialidad conforme a los parámetros establecidos en el art. 19.II. inc. c) de la Ley del Régimen Electoral (LRE) (fs. 8 a 11).
- I.1.
- ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE VALLEGRANDE: SI O NO‴
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4
- previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- 1)
- Fragmento 10
- en tanto no se pronuncie
- “si”
- ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE VALLEGRANDE
- CONSTITUCIONALIDAD