AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2017-CA

Fecha: 17-Oct-2017

procederá en el marco de un proceso

Por su parte el art. 73.2 del CPCo, estipula que la: “Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas son nuestras).

De igual forma el art. 81.I del citado Código, determina que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo; aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de Sentencia” (las negrillas nos corresponden).