SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1094/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
I.1.1
Dentro del injusto proceso penal que se le sigue por el presunto delito de violencia familiar o domestica a instancias de su esposa Lidia Aquino Mamani; la Fiscal de Materia -demandada-, dispuso señalar declaración informativa policial para el 4 de septiembre de 2017 a horas 14:30, sin disponer “…donde el citado deba presentarse para prestar su declaración informativa (…) dentro de dicho proceso, se ha emitido una ilegal resolución de aprehensión Jitler Mamani Mamani en fecha (…), sin que existiere elemento de convicción o indicio alguno que pueda ser valorado objetivamente y que demuestre la concurrencia de algún riesgo procesal para disponerse esa extrema medida (…) vulnera el derecho a la libertad…” (sic).
- I.1.1
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- subsidiariedad
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta
- después de cumplidas las formalidades procesales- ésta (la audiencia pública) no puede suspenderse en ningún caso
- CONFIRMAR en todo