Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2017-RQ
Fecha: 15-Nov-2017
NO HA LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 27.III del Código Procesal Constitucional, resuelve: NO HA LUGAR al recurso de queja interpuesto por Yimy José Urzagaste Zabala; y en consecuencia, CONFIRMAR el AC 0247/2017-CA de 1 de septiembre, a través del cual la Comisión de Admisión de este Tribunal declaró la improcedencia del recurso directo de nulidad formulado por el ahora recurrente en queja.