SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017-S1

Fecha: 23-Feb-2017

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 106/2016 de 9 de noviembre, cursante de fs. 79 a 83, denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: 1) El acto vulneratorio supuestamente fue la negativa de la exhibición de un examen de la materia de construcción de edificios CIV-346, y no está en discusión si se sometió o no a un nuevo examen, ni las notas que hizo mención el accionante; 2) No existe un justificativo de que hubiera realizado alguna petición de manera oral; 3) Si bien existe un memorial dirigido al Rector de la UTO, la misma fue presentada el 1 de septiembre de 2016, y la demanda de acción de amparo constitucional no hizo referencia a una negativa de respuesta a esa petición, además de que no se accionó contra dicha autoridad; y, 4) No se tiene constancia de una petición formal para que a partir de ello se pueda computar el plazo establecido por el art. 56 del Código Procesal Constitucional (CPCo), por lo que la tutela del derecho a la petición reclamado se hace improcedente.