Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2017-CA
Fecha: 17-Mar-2017
antes de la ejecutoria de Sentencia
De igual forma el art. 81.I del indicado Código, establece que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo; aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de Sentencia” (las negrillas nos corresponden).