AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2017-RCA

Fecha: 03-Mar-2017

I.5. Síntesis de la impugnación

La accionante señaló que no puede objetarse el rechazo de querella, pues de hacerlo se estaría convalidando un acto realizado fuera de lo legal. Asimismo, el Juez de garantías aplicó el art. 74.1 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) -Ley 027 de 6 de julio de 2010-, sin embargo, no especificó qué medio de defensa interpuso la accionante con anterioridad. Finalmente, fundamentó su decisión en el art. 76 de la LTCP, referente a los principios de subsidiariedad e inmediatez, empero, el rechazo de su querella se suscitó el 20 de enero de 2017, en vulneración del debido proceso, por lo que no tiene alternativas de ningún medio o recurso legal para la protección inmediata de sus derechos, excepto la tutela de la presente acción de amparo constitucional.