AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2017-RCA

Fecha: 03-Mar-2017

improcedencia

El Juez Público de Familia Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz, constituido en Juzgado de garantías, mediante Resolución 018/2017 de 16 de febrero, cursante de fs. 31 a 32 vta., declaró la improcedencia de la presente acción, en base a los siguientes fundamentos: a) De la revisión  de la Resolución de 20 de enero de 2017, el Fiscal de Materia ordenó remitir una copia de esta al Fiscal Departamental de Santa Cruz, en cumplimiento al art. 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP). Consecuentemente, la accionante debió apersonarse ante la Fiscalía departamental citada con el fin de conocer el resultado de la referida remisión o en su defecto debió impugnarla;  toda vez que, La Máxima Autoridad del Ministerio Público de manera excepcional y de oficio, en uso de sus atribuciones, podrá revocar la Resolución de Rechazo, por violación a derechos fundamentales; y, b) La acción de amparo constitucional  es  inadmisible  cuando  existe  una  vía  legalmente  prevista   que