SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0181/2017-S2
Fecha: 13-Mar-2017
concedió
El Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 15/2016 de 22 de diciembre, cursante de fs. 53 vta. a 54, mediante la cual concedió la acción de libertad, disponiendo que el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dé cumplimiento con la remisión del proceso del accionante al juzgado de turno; bajo los siguientes fundamentos: a) Al no haberse enviado el cuaderno procesal del ahora accionante, se causó indefensión además de haber vulnerado el derecho a la libertad; b) La omisión señalada lesionó el derecho al debido proceso, los principios de celeridad y gratuidad; y, c) La autoridad demandada restringió y limitó el derecho a la vida y a la libertad del ahora accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad como medio de defensa idóneo ante la dilación indebida en solicitudes de cesación a la detención preventiva
- III.2.
- III.3. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y el hábeas corpus de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR