SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 31 de enero de 2017, a horas 11:00, salió del municipio de Guanay con destino al municipio de Caranavi, a bordo de un vehículo de transporte público en compañía de su esposa y dos hijos, quienes debían recibir atención médica; extrañamente en la tranca de salida del aludido municipio de Guanay, dos servidores públicos policiales lo hicieron bajar del automóvil y lo condujeron a dependencias policiales del indicado municipio, sin la existencia de mandamiento de aprehensión alguno, bajo el argumento que su hermano estuviese implicado en la comisión de un delito de robo de un vehículo; desconociendo los citados policías que la responsabilidad en materia penal es personalísima, no pudiendo responder por las acciones de un tercero.