SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0276/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0276/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

a)

La demandada, Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primera del departamento de La Paz, en audiencia informó lo que sigue: a) De la revisión del cuaderno jurisdiccional, se puede evidenciar que se habla de un privado de libertad por el delito de tentativa de feminicidio, delito de lesa humanidad que por el que no se puede pretender la libertad a través de una acción de libertad; b) El accionante no puede fundamentar la inexistencia de una resolución de medidas cautelares ni el contenido de la Resolución 34/2016 de 13 de enero, emitida por la anterior Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, Lía Cardozo Veizan, ya que el imputado se encontraba presente en la audiencia; por tanto, conoció el contenido de la Resolución 34/2016 y supo los motivos por los cuales fue detenido preventivamente; c) El imputado tuvo los argumentos suficientes para solicitar la cesación a la detención preventiva y no lo hizo, limitándose a formular acciones de libertad que su autoridad no conoce o se le notificaron con ninguna resolución; por lo que, no conoce el contenido de ninguna para que pueda argumentar en la audiencia presente si su autoridad hubiese incumplido con alguna resolución de acción de libertad; y, d) El accionante tuvo pleno conocimiento de la Resolución 34/2016 y no planteó apelación alguna; motivo por el cual, no se cumplió con el principio de subsidiariedad, debiendo señalarse que el imputado una vez emitida la Resolución, no pidió fotocopia alguna de la misma.