AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2017-RCA

Fecha: 06-Abr-2017

1)

Los accionantes manifiestan que: 1) La vulneración alegada fue el 18 de agosto de 2016 y no el 6 de igual mes y año, que erróneamente la Jueza de garantías refiere que el plazo fenecía el 29 de diciembre del mismo año, sino que vencía el 18 de enero de 2017; 2) La Circular 10/2016-SP-TDJLP conculca lo determinado por el art. 124 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) -Ley 025 de 24 de junio de 2010-, atentando los derechos y garantías constitucionales de la Norma Suprema, ya que la citada circular no puede sobreponerse a una ley o reemplazarla; y,               3) Conforme el principio de supremacía constitucional y la pirámide de Kelssen las circulares ocupan en jerarquía el último lugar; no pudiendo sobreponerse a una ley; en consecuencia, el plazo de los seis meses para la presentación de la acción de amparo constitucional vencía el 18 de marzo de 2017.