AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2017-RCA
Fecha: 06-Abr-2017
II.3. Análisis del caso concreto
La Entidad accionante denuncia que la Ley Municipal del Transporte y Tránsito Urbano del Municipio de Villazón y su Reglamento, exige el requisito de estar afiliada a la Federación Departamental de Auto Transporte de Potosí, para ejercer la labor de transporte público de taxis; sin embargo, dicha afiliación le fue negada en reiteradas oportunidades, vulnerando su derecho al trabajo de sus miembros.
Las solicitudes y reclamaciones previas a la interposición de esta acción de amparo constitucional, a efectos de lograr la citada afiliación, fueron realizadas en varias oportunidades y ante diferentes entidades, no existiendo una relación directa entre ellas de manera que se advierta agotamiento de la vía administrativa. Esas peticiones y demandas al ser dispersas no constituyen una forma de agotamiento de la vía previa a esta acción tutelar, advirtiendo además que algunas no solo se refieren a la petición de afiliación de la entidad accionante, sino también a la posibilidad de trabajar en el Municipio de Villazón.
Se advierten las solicitudes de afiliación a la referida Federación del 8 de diciembre de 2014 y del 7 de enero de 2015, la primera no obtuvo respuesta y la segunda mereció la contestación de que la peticionaria debía consensuar con otra Asociación. Asimismo, la petición del 3 de octubre de 2016, por la que se solicitó ante el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Villazón, un plazo de seis meses para poder presentar la documentación exigida por la nueva Ley Municipal, ante la cual se emitió otra Resolución negándole la referida solicitud, afectando los intereses de la Asociación accionante. Luego, se advierte una nueva petición ante la Federación Departamental de Auto Transporte Libre de Potosí el 12 de octubre de 2016, reiterando dicha solicitud el 15 del siguiente mes; sin embargo, se dispuso no afiliar a dicha Asociación hoy accionante. Ante ello, el 31 de enero de 2017, se solicitó a la Confederación Nacional de Transporte Libre de Bolivia la posibilidad de trabajar, pero le fue negada. Finalmente, se advierte que el 8 de febrero de 2017, se reiteró la solicitud de afiliación a la Federación Departamental de Transporte Libre de Potosí que fue rechazada.
Por ello, se reitera, que existen solicitudes de diferente índole a distintas entidades, que no se hallan relacionadas entre sí, ni conforman una forma de agotamiento de la vía administrativa previa a la interposición de una acción de amparo constitucional, habiendo ingresado por ello la accionante en una causal de improcedencia de la acción tutelar.