DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2017
Fecha: 21-Abr-2017
¿Está usted de acuerdo con la aprobación y puesta en vigencia de la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de YACUIBA? SI – NO
En el presente caso y con la finalidad de viabilizar el acceso al proceso autonómico y en observancia de los principios de no formalismo y celeridad que rigen la justicia constitucional, y a objeto de evitar dilaciones innecesarias, corresponde ingresar al análisis de la pregunta objeto de consulta, en atención a la solicitud formulada por el representante del Órgano Legislativo del Municipio de Yacuiba, vía la Presidenta del TSE. En tal sentido, siendo la pregunta objeto de consulta para referendo aprobatorio: “¿Está usted de acuerdo con la aprobación y puesta en vigencia de la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de YACUIBA? SI – NO” (sic); la misma al ser cerrada y directa, formulada en términos claros y precisos; dado que no genera duda o confusiones, es compatible con la Norma Suprema; adecuándose a los fines que persigue las previsiones contenidas en ella, como los arts. 1 al 11 de la CPE, que enfatizan la naturaleza plurinacional y autonómica del: “…Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”; en el marco de las autonomías previsto en los arts. 269 al 276 de la CPE.
Por último, se debe tomar en cuenta el carácter vinculante de la decisión que implica el cumplimiento obligatorio y corresponderá al Órgano Electoral, conforme a sus específicas atribuciones, proseguir con el trámite respectivo para la convocatoria a referendo y su ejecución en el Municipio respectivo.
- I.1.
- ¿Está usted de acuerdo con la aprobación y puesta en vigencia de la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de YACUIBA? SI - NO
- II.1
- II.2
- II.4
- previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- 1)
- Fragmento 8
- por medio
- en tanto no se pronuncie
- III.4.Examén de constitucionalidad de la pregunta para referendo aprobatorio en el presente caso
- ¿Está usted de acuerdo con la aprobación y puesta en vigencia de la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de YACUIBA? SI – NO
- CONSTITUCIONALIDAD