SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

a)

Jorge Oscar Balderrama Berrios y Jorge Andrés Pérez Maita, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante informe escrito de 17 de febrero de 2017, cursante a fs. 15 y vta., manifestaron que el 15 de febrero de 2017, se llevó a cabo la audiencia de apelación incidental, en la que se declaró la improcedencia y por ende se confirmó la Resolución apelada manteniéndose subsistente la detención preventiva, bajo los siguientes fundamentos: a) Si bien la defensa de los accionantes para desvirtuar el requisito sustancial presentó declaración ampliatoria de estos en la que señalaban no ser autores sino mas bien víctimas ya que fueron contratados por un tercero; sin embargo, no hay nada que acredite tal hecho; asimismo, estos no hicieron conocer oportunamente ser victimas de engaños y denunciar el hecho a la policía; b) Los impetrantes de tutela habrían sido reconocidos por la víctima uno de ellos como quien la redujo y el otro como quien la habría forcejeado con un fusil mouser; y, c) Respecto a los riesgos de fuga y obstaculización, habrían acreditado tener familia, domicilio y actividad lícita; asimismo, presentaron certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y policial acreditando no tener antecedentes; empero, del análisis circunstancias del hecho y considerando que participaron en el mismo entre ocho a diez personas quienes se hicieron pasar por funcionarios del Ministerio Público lo que puso en alerta a la sociedad se actuó correctamente al haber rechazado la solicitud de los accionantes.