AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2017-CA
Fecha: 22-May-2017
II.4.
De acuerdo a lo argumentado en esta acción de inconstitucionalidad concreta, la pretensión de la misma es la expulsión de la primera parte del art. 234.6 del CPP, reformado por la Ley de Modificación al Sistema Normativo Penal, por ser presuntamente contrario a los arts. 13, 115, 116.I, 117.I, 119, 120.I, 180.I, 256.I y 410.II de la CPE; 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 14.2 del PIDCP; y, 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Al respecto, se evidencia que la SCP 0005/2017, citada en el Fundamento Jurídico II.4 del presente Auto Constitucional, ya declaró la inconstitucionalidad de la totalidad del mencionado art. 234.6 del CPP; consecuentemente, la acción ahora revisada, que solo se circunscribe a la primera parte del mismo, incurre en la causal de rechazo prevista por el art. 27.II. inc. a) del CPCo, citado en el Fundamento Jurídico II.3 de este fallo, por advertirse que lo pretendido en la misma ya cuenta con autoridad de cosa juzgada constitucional.
- Juez de Instrucción Penal Cuarto del departamento de Tarija
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- El haber sido imputado por la comisión de otro hecho delictivo doloso
- a)
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazar
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- Fragmento 8
- II.4.
- RATIFICAR