AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2017-RCA

Fecha: 03-May-2017

improcedencia

El Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de Chimore del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 4 de abril de 2017, cursante de fs. 63 a 64, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: a) Una vez que fueron rechazadas las solicitudes de devolución del vehículo, el accionante no los objetó ante el Fiscal Departamental; b) En cuanto el Juez de la causa resolvió la solicitud de control jurisdiccional, el accionante no presentó ningún recurso, para tener una respuesta clara; c) Por tanto, tiene la vía legal ordinaria para reclamar los agravios expuestos en la presente acción de defensa; y, d) No es aplicable en el presente caso la excepción a las reglas de la subsidiaridad.

El Juez de garantías, mediante Resolución de 4 de abril de 2017, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional en aplicación del principio de subsidiariedad; en razón a que, el accionante tiene expeditos los mecanismos de reclamo respecto a los agravios expuestos correspondientes en la vía legal ordinaria.