Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2017-RCA
Fecha: 31-May-2017
a)
La Jueza Civil y Comercial Vigésima del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 125/17 de 2 de mayo de 2017, cursante a fs. 124, dispuso que la accionante subsane los siguientes aspectos: a) Fundamente la relación de causalidad entre el hecho y el derecho violado y/o el acto ilegal que se acusa a la parte demandada de manera objetiva, identificando cada derecho lesionado y explicando los motivos y la forma en la que fueron vulnerados; b) Especificar cuales los actos vulneradores de derechos y garantías; c) Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirven de fundamento; y, d) Concretar cual la pretensión que solicita.