SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
i)
Ximena Palacios Fernández, Jueza Técnica del referido Tribunal, en audiencia, manifestó: i) No tomó conocimiento de los memoriales -relativos a la cancelación de antecedentes- presentados por la accionante, pese a que conversó con la Secretaria para que ingresen todos los memoriales pendientes; y, ii) No se advierte en los argumentos expresados, la vulneración o el atentado de los derechos a la vida y a la libertad; en consecuencia, mencionando el principio de subsidiariedad, solicita se deniegue la acción tutelar.
Inés Callejas Quintana, Jueza Técnica demandada, en audiencia personalmente alegó que los memoriales presentados, fueron decretados en los plazos establecidos por ley y según el informe -de Secretaría- los cuatro memoriales presentados, no fueron puestos a despacho, ni tampoco a la vista el expediente ni realizado el desarchivo, por lo que no podían pronunciarse sobre su solicitud ni sobre los memoriales, los mismos que hoy fueron puestos a la vista ante el Tribunal; en tal sentido, alegando no haberse agotado el principio de subsidiariedad, solicita se deniegue la tutela impetrada.