AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2017-CA

Fecha: 13-Jun-2017

a)

Dentro de demanda de división y partición de bien inmueble interpuesta por Marcela Ramírez vda. de Zapata, Pamela Cecilia y Christian Wilder ambos de apellidos Zapata Ramírez, por Resolución 02/2017-C de 21 de marzo, cursante a fs. 91 y vta., la Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal “Primera” de Luribay del departamento de La Paz, declinó competencia en razón de  jurisdicción y competencia, disponiendo que se remitan obrados al Juzgado Agroambiental de Sica Sica del mismo departamento, bajo los siguientes fundamentos: a) De la compulsa de los datos de la presente causa y de la revisión de la documentación adjunta se demanda la división y partición de un lote de terreno ubicado en Altillo Pata de Luribay del citado departamento, con una superficie de 1 433 m² de un total de 2 341,87 m², adjuntando folio real y escrituras públicas; asimismo, a fs. 75, cursa formulario de pago de impuestos a la propiedad de bienes, en el cual se hace referencia a una propiedad rural; b) El informe emitido por el Director Técnico y de Planificación del Gobierno Autónomo Municipal de Luribay del nombrado departamento, señala que no encontró ninguna resolución municipal de aprobación de la mancha urbana de ese Municipio y los predios objeto de la litis tienen las características de una propiedad rural conforme al formulario de pago de impuestos; y, c) Todas las acciones reales, personales o mixtas que emerjan del ejercicio de la propiedad agraria, deben ser de conocimiento de la jurisdicción especializada agroambiental.