Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2017-CA
Fecha: 16-Jun-2017
IMPROCEDENCIA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 146.1 del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar la IMPROCEDENCIA del recurso directo de nulidad interpuesto por Edgar René Escóbar Escóbar, Juez de Instrucción Penal y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero (EPI-SUR) del departamento de Cochabamba, demandando la nulidad del Acuerdo 073/2017 de 5 de mayo.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- II.1.
- II.2. El fundamento jurídico constitucional como requisito de admisión del recurso directo de nulidad
- a objeto de que la persona agraviada pueda demandar la nulidad de dicho acto o resolución definitiva que resuelve el fondo de un asunto
- II.3. Análisis del caso concreto
- Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional,
- IMPROCEDENCIA