Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2017-RCA
Fecha: 08-Jun-2017
a)
La Jueza Pública de Familia Primera del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías por Auto 03/2017 de 15 de mayo, cursante de fs. 89 vta. a 90, ordenó que el accionante subsane los siguientes aspectos: a) Presentar la diligencia de notificación para que permita el computo del plazo de inmediatez; b) Precisar el o los elementos del debido proceso que se hubieren vulnerado en el Auto de Vista 76/2016 de 27 de abril; y, c) Adjuntar prueba documental debidamente legalizadas del proceso penal desde la providencia “…CÚMPLASE de fojas 1217” (sic).