SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En su condición de comunarios de “Humahurajta” del municipio de Caracollo del departamento de Oruro, dentro del proyecto “Doble Vía Caracollo-Confital Tramo I”, que supuestamente fue objeto de una consulta previa para su ejecución, al ser afectados sus sembradíos y terrenos, el 2 de marzo de 2017, mediante nota solicitaron a Edwin Gonzales Murillo, en su condición de Gerente Regional de la ABC Oruro, la entrega de una copia de toda la documentación generada en la supuesta consulta previa que fue realizada a la comunidad del cual son parte integrante.

Empero, hasta el día de la presentación de la acción de amparo constitucional vienen mendigando como si fuese un información reservada potestativa de la ABC, cuando el acceso a la información y a la petición es un derecho constitucional que no se les puede negar como vienen haciéndolo; es decir que, a la fecha no tienen respuesta formal ni fundamentada en relación a su petición.