SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0659/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0659/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

concedió

El Juez Público de Familia Cuarto del departamento de Santa Cruz, como Juzgado de garantías, mediante Resolución 03/2017 de 22 de mayo, cursante de fs. 206 vta. a 210 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la restitución inmediata de la accionante al bien inmueble, conforme a los siguientes fundamentos:         i) Siendo que se presentó prueba documental consistente en denuncia policial, informe policial que ratifica estos hechos y las diligencias del Ministerio Público en fotocopias legalizadas, además de la confesión espontánea de los demandados en su intervención en la audiencia realizada, las que no quedan desvirtuadas con las fotocopias legalizadas otorgadas por el Ministerio Público sobre el Rechazo de la denuncia presentada por María Martha Hurtado Tomicha contra Yacira Gutiérrez Mejía; ii) La autoridad jurisdiccional consideró que las pruebas aportadas en especial la confesión espontánea  de los demandados, son plenas, al estar probados los actos o medidas de hecho en que incurrió la parte demandada y el presidente de la junta vecinal, aclarándose que la acción tutelar no define el derecho propietario, sino solamente el derecho de la accionante a que se le respeten. El título propietario no justifica el despojo, ni la medida de hecho. Si los demandados consideran que tienen derecho de propiedad sobre el bien inmueble, deberán acudir a las vías jurisdiccionales que las leyes le otorgan y por ese medio tomar posesión de la totalidad del terreno en forma legal y amparada en la ley, pero de ninguna manera a través de medidas de hecho.