Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0784/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
II.2.
II.2. Consta Acta de buena conducta 1729/2016 de 30 de diciembre, suscrita ante la sección reconvencional dependiente de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) a requerimiento Fiscal, señalando que Felicidad Prima Escobar Cáceres -ahora demandada- y el hoy accionante se apersonaron en vía de conciliación a suscribir la misma, constando que los nombrados se reusaron firmarla (fs. 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- estuvo encerrado por varias horas
- LA SIGUIENTES MEDIDAS CAUTELARES CONSTITUCIONALES:
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. Presentación de prueba en la acción de libertad
- III.2.
- Fragmento 11
- Respecto a la problemática identificada en el inc. a)
- Respecto a la problemática identificada en el inc. b)
- CONFIRMAR