SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
a)
Mariela Amparo Gutiérrez Vázquez, Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Segunda del Plan Tres Mil del departamento de Santa Cruz, mediante informe presentado el 25 de julio de 2017, cursante a fs. 18 y vta., refirió que: a) Del informe verbal del Secretario del Juzgado que se encuentra a su cargo, se establece que el cuaderno de apelación fue remitido “hoy” -24 de igual mes y año- a horas 9:00; b) Hace notar que en el “…Juzgado Segundo Público en lo Civil Comercial, de Familia de Instrucción Penal se ven las tres materias antes referidas, aparte de que se ven AMPAROS CONSTITUCIONALES, y no es que no se hagan las cosas con la debida diligencia; es que el trabajo es inhumano y todo el día este Tribunal tiene entre seis a diez audiencias” (sic); y, c) En consideración a los argumentos expuestos solicita se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11