SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad

El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la SCP 0825/2017-S2, de 14 de agosto, refiriéndose a la inamovilidad de los trabajadores o funcionarios progenitores hasta que su hijo o hija cumpla un año, señaló que: “…el art. 48.VI de la misma Ley Fundamental, garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad; norma que es concordante con el art. 60 de la misma CPE, al señalar: ‘Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niña y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado’.