SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 24 de julio de 2017, solicitó cesación a su detención preventiva; sin embargo, por razones que desconoce, la autoridad demandada inobservó su petición sin realizar diligencias para llevar adelante la respectiva audiencia, atribuyendo a su persona las actuaciones que debían realizarse sobre este pedido, suspendiendo la audiencia de 28 de julio del mencionado año, alegando que las partes no fueron notificadas, aspecto atribuible a la negligencia de la citada autoridad. Posteriormente, se presentó el 2 de agosto de igual año, una acción de libertad contra la Secretaria de su despacho por dilación en la elaboración del acta de audiencia por más de una semana, procediendo a su elaboración en conocimiento de la presentación de la acción tutelar, alterando la fecha según se evidencia de las declaraciones de los testigos ofrecidos oportunamente.

El 9 de agosto de 2017, se señaló audiencia para la consideración de la cesación a la detención preventiva, empero con una actitud revanchista sobre la acción intentada contra la Secretaria, suspendió la audiencia sin fundamento alguno; sin tomar en cuenta la presencia de su persona y contar con el cuaderno de investigaciones, suspendiéndola para el 15 de ese mes y año, sin que consten las diligencias para llevarla adelante.