Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
II.2.
II.2. Auto de Admisión de 15 de agosto de 2017, de la acción de libertad interpuesta por Ramiro. Carrillo Aruquipa en representación sin mandato de Héctor Horacio Santa María Machaca contra Juan Macias Yujra, Presidente, Secretario y Miembros del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Laja, conforme los art. 125 y 126 de la Constitución Política del Estado (CPE) en relación a los arts. 46 y siguientes del Código Procesal Constitucional (CPCo) señalando audiencia pública para el miércoles 16 de agosto de 2017 a horas 15:00 (fs. 5).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- las lesiones al
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.1. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR