AUTO CONSTITUCIONAL 0303/2018-CA
Fecha: 01-Oct-2018
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Mediante memorial presentado el 2 de agosto de 2018, cursante de fs. 1188 a 1193 vta., el accionante manifiesta que, por la supuesta comisión de la falta prevista por el art. 12.5) de la LRDPB, se le inició un proceso disciplinario cuando cumplía funciones en la Policía Fronteriza, simplemente por ser funcionario antiguo, debido a que un ciudadano de nacionalidad argentina acusó ser objeto de discriminación por su parte y otros funcionarios policiales, como efecto de ello, el Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz de la Policía Boliviana, emitió la Resolución 147/2017 de 14 de diciembre, que le impone una sanción de tres meses de suspensión de funciones y pérdida de antigüedad sin goce de haberes, por tal razón impetra al Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana promueva la acción de inconstitucional concreta a efectos de que el citado precepto legal sea declarado inconstitucional.
- rechazó
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado; más no es una operación dependiente de la extensión de la demanda o la acumulación de doctrina y jurisprudencia, sino que consiste en la presentación de razonamientos y criterios derivados de la Ley Fundamental, que configure una duda razonable y haga justificable un examen de los mismos, con el objeto de verificar si la norma demandada es conforme a la Norma Suprema’.
- Concluyendo que, debido a la naturaleza de esta acción de control normativo, por la cual se impugna normas legales que atentan contra la Ley Fundamental, en su propósito debe cumplirse con la adecuada y razonada fundamentación jurídico constitucional, que permita a este Tribunal ingresar a analizar dichos fundamentos y efectuar el control de constitucionalidad pertinente
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada; en consecuencia, la inobservancia de estos requisitos hace inviable el ejercicio de un verdadero control de constitucionalidad y determina el rechazo del recurso
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR