AUTO CONSTITUCIONAL 0331/2018-CA
Fecha: 22-Oct-2018
II.3. Análisis del caso concreto
En la acción normativa en análisis, se demanda la inconstitucionalidad de la Resolución Municipal 080/2018, por ser presuntamente contraria a los arts. 8.II y 410.II de la CPE, argumentando que el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, en Sesión Ordinaria de 6 de junio de 2018, conformó su Directiva, emitiendo la citada Resolución Municipal, siendo nombrado como Presidente el Concejal Suplente Marcelo Fernández Tancara, sin considerar que para dicho cargo debió elegirse de entre los Concejales titulares, incurriendo de esa forma en usurpación de funciones, contraviniendo los derechos políticos y los principios de jerarquía y supremacía constitucional.
De acuerdo al Fundamento Jurídico II.2 del presente fallo, el control de constitucionalidad abstracto es una vía únicamente para la verificación de la constitucionalidad de los instrumentos normativos; sin embargo, en este caso la Resolución Municipal impugnada carece de contenido legal de alcance general al ser esencialmente administrativa vinculada a un caso particular, pues cuestiona el acto que oficializó la conformación de la Directiva del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz. En consecuencia, para activar el control de constitucionalidad, la disposición legal demandada debe tener las características de norma general, abstracta y obligatoria, al margen de todo caso concreto o procedimiento administrativo particular vinculado con situaciones de hecho, es decir que la tarea del control constitucional sólo recae sobre disposiciones legales de alcance general, de ahí se entiende que las acciones de inconstitucionalidad son de puro derecho, conforme previene el art. 72 del CPCo; empero, en el caso particular el acto administrativo impugnado no constituye una norma jurídica, por tanto rebasa el ámbito de la acción formulada, lo que impide admitir la demanda.
- Fragmento 1
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- I.3. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica
- las máximas autoridades ejecutivas de las Entidades Territoriales Autónomas
- la verificación de la constitucionalidad de los instrumentos normativos únicamente, ya que los actos de carácter individual que no poseen las características de las normas legales
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR