Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0412/2018-RCA
Fecha: 22-Oct-2018
I.2.
Estima lesionados sus derechos al trabajo digno, sin discriminación y justa remuneración, a la estabilidad laboral, a ejercer funciones públicas, al debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación y congruencia, y al principio de igualdad; citando al efecto los arts. 8.II, 14, 46, 48. I, II y III, 115.II y 144.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).