Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0426/2018-RCA
Fecha: 31-Oct-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
Refiere que, la improcedencia es totalmente “falas”, ya que se constituye en una apreciación errada rechazar la acción de tutela conforme al art. 53 del CPCo, pues en ningún momento consintió la mala valoración, interpretación ni análisis de la documentación adjunta y lo solicitado por la Comisión Calificadora a través de la citada Convocatoria Pública Departamental 06/2018.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el objeto procesal constituye el elemento sustancial a resolver por la justicia constitucional,
- el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
- CONFIRMAR