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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2018-S3

    Fecha: 31-Oct-2018

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    • acciones de libertad
    • I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
    • denegó
    • I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • cuando en la vía ordinaria existen medios o mecanismos de impugnación que de manera inmediata y eficaz puedan restituir el derecho a la libertad física o personal o el derecho a la libertad de locomoción, los mismos deben ser utilizados previamente antes de acudir a la vía constitucional a través de la acción de libertad
    • antes de existir imputación formal, cometen arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, las cuales deben ser denunciadas ante el juez cautelar de turno, si aún no existe aviso del inicio de la investigación, o ante el juez cautelar a cargo de la investigación cuando ya se dio cumplimiento a dicha formalidad
    • i)
    • 1. Cuando la acción de libertad esté fundada directamente en la vulneración al derecho a la libertad personal por causa de haberse restringido la misma al margen de los casos y formas establecidas por ley, y no esté vinculada a un delito y por tanto no se hubiera dado aviso de la investigación, la acción puede ser activada de forma directa contra las autoridades o persona que violentaron la Constitución Política del Estado y la ley; aclarando que el Juez de Instrucción de turno, no tiene competencia para el efecto conforme se ha señalado en el Fundamento Jurídico III.2.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.
    • 2.
    • 4.
    • 5.
    • ii)
    • el juez de la instrucción dispondrá, de oficio o a petición de parte, la inmediata libertad del detenido…
    • la persona aprehendida ya no podrá acudir de manera paralela con su reclamo ante la justicia constitucional a través de la acción de libertad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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