VOTO DISIDENTE A LA SCP 0702/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
Fragmento 2
El accionante alega que se vulneraron sus derechos a la libertad, al debido proceso con relación al principio de celeridad y a la defensa; toda vez, que dentro del proceso seguido en su contra se encuentra detenido preventivamente y fue sentenciado a trece años de presidio; apelada dicha decisión judicial, con la finalidad de formular la cesación a su detención preventiva, solicitó órdenes judiciales a la autoridad demandada, que fueron rechazadas mediante Decreto de 21 de agosto de 2018, bajo el argumento que debían ser dirigidas al Ministerio Público; por lo que solicita se conceda la tutela y se disponga que se emitan las órdenes judiciales requeridas y el pago de cincuenta mil bolivianos por costas para donación a los niños que se encuentran recluidos en el Centro Penitenciario.
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- Fragmento 2
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- SCP 0217/2014 de 5 de febrero
- En ese entendido, bajo una interpretación literal de dichas normas, pero también atendiendo a una interpretación teleológica de las mismas, debe señalarse que la garantía del debido proceso en materia penal es tutelable por la acción de libertad, aún no exista una vinculación directa con el derecho a la libertad física o personal, siendo suficiente la existencia de una relación indirecta con dicho derecho ante la amenaza de privación de libertad que el proceso penal supone
- i)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- II.3. El principio de celeridad en las actuaciones procesales
- realizar
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- II.4. Sobre la autoridad competente para el conocimiento de solicitudes relacionadas con medidas cautelares
- II.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADA
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho