ACLARATORIO DE LA SCP 0764/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACLARATORIO DE LA SCP 0764/2018-S2

Fecha: 15-Nov-2018

que es posterior a la imputación formal

Sin embargo, cabe señalar que el accionante se adelanta a los acontecimientos futuros, pues, la existencia de la imputación formal por los tres delitos, de ninguna manera supone que la misma será considerada para la aplicación de medidas cautelares; ya que, como el mismo demandante de tutela y la Jueza demandada lo reconocen, existe una resolución que declaró probada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción respecto a dos de los delitos imputados, que es posterior a la imputación formal y que, en consecuencia, deberá ser observada por la autoridad judicial. Además, es en la audiencia de medidas cautelares que, en mérito al carácter oral de nuestro sistema procesal penal, el accionante podrá cuestionar -si así lo amerita- la utilización de la imputación formal sin la exclusión de los delitos que fueron declarado prescritos.