El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0046/2018 de 26 de noviembre, que declaró competentes a las autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina de la comunidad Originaria Calachaca,
Fecha: 26-Nov-2018
I.
El Consejo Amawtico de Justicia de la comunidad Originaria Calachaca, provincia Los Andes del departamento de La Paz, promovieron conflicto de competencias jurisdiccionales entre la JIOC y la jurisdicción ordinaria, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Javier Wilfredo Laura Machaca y otra, contra Ángel Machaca Chávez y otros, solicitando al Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento citado, se aparte de seguir conociendo la causa y decline competencia a la JIOC; empero, la indicada autoridad mediante Resolución 92/2017 de 10 de agosto, declaró infundada la excepción de ”competencia” promovida por las autoridades indígenas.
II. Todas las jurisdicciones reconocidas constitucionalmente respetan y garantizan el ejercicio de los derechos de las mujeres, su participación, decisión, presencia y permanencia, tanto en el acceso igualitario y justo a los cargos como en el control, decisión y participación en la administración de justicia.