SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2018-S3

Fecha: 07-Nov-2018

a)

Freddy Escobar Peña, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Curahuara de Carangas del departamento de Oruro, por informe presentado el 26 de septiembre de 2018, cursante de fs. 13 a 14 vta., señaló que: a) El 18 del citado mes y año, se efectuó la audiencia de cesación de la detención preventiva, por la presunta comisión del delito de sustracción de prenda aduanera y otros contra el accionante, en la cual al no haberse desvirtuado los riesgos procesales concurrentes en los                  arts. 233.1 y 2; 234.1 y 2; y, 235.1 y 2 -no señala norma pero se entiende que es del Código de Procedimiento Penal (CPP)-, y quedando latentes los mismos, se rechazó la mencionada solicitud; b) Habiendo formulado recurso de apelación incidental el impetrante de tutela contra tal disposición, ordenó la remisión en el día de los actuados procesales ante el tribunal de alzada; c) El peticionante de tutela no proveyó los recaudos de ley para la apelación dentro de las veinticuatro horas, sino recién el 20 de ese mes y año; d) Considerando que existe carga procesal superabundante en los juzgados cautelares, además que no solo celebra audiencias diariamente, sino que también está la realización de actas, facción de testimonios y otros, lo que hace que el plazo de las veinticuatro horas establecido en la norma no pueda ser cumplido a cabalidad; y, e) Solicitando se deniegue la tutela impetrada.