AUTO CONSTITUCIONAL 0407/2018-CA
Fecha: 27-Dic-2018
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 13 de diciembre de 2018, cursante de fs. 38 a 41 vta., la parte recurrente señala que la Autoridad de Bosques y Tierra (ABT) dictó la Resolución Administrativa (RA) 143/2011 de 26 de abril, declarándolo responsable de la infracción por almacenamiento ilegal de madera; en consecuencia, aplicándole una sanción. Es así, que contra esa Resolución interpuso recurso de revocatoria el 12 de octubre de 2011, mereciendo la RA ABT 101/2015 de 6 de marzo, la cual revocó la primera RA 143/2011 y anulo obrados hasta el dictamen que le precede; posteriormente, la indicada Sociedad el 11 de junio de 2015 presentó recurso jerárquico, contra la citada RA ABT 101/2015, consiguiente el Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA) y Agua pronunció la RM-FOR 77 de 10 de diciembre de 2015, por la que, anuló obrados hasta el Dictamen Técnico Legal DTL-DGMTB 336/2015, que motivó la aludida Resolución Administrativa.
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1. Marco normativo del recurso directo de nulidad
- “1. Supuestas infracciones al debido proceso.
- el recurso directo de nulidad no es aplicable: ‘…a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso…
- en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE